Condiciones Generales viajes combinados

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE VIAJES COMBINADOS

1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

Las presentes Condiciones Generales de Contratación regulan las condiciones aplicables a la contratación, a través del sitio web vuelamundoagencia.com, de servicios turísticos y, en particular, de viajes combinados comercializados por VUELA MUNDO.

VUELA MUNDO desarrolla su actividad como agencia de viajes minorista e intermediaria en la contratación de servicios turísticos y podrá comercializar viajes combinados organizados por terceros, en los términos establecidos en la normativa aplicable.

Estas Condiciones Generales se aplicarán conjuntamente con la información específica facilitada antes de cada contratación, la documentación contractual, las condiciones particulares del viaje, el formulario de información normalizada correspondiente y, cuando proceda, las condiciones del organizador del viaje combinado.

En caso de contradicción entre estas Condiciones Generales y las condiciones particulares expresamente aceptadas para un viaje concreto, prevalecerán estas últimas en aquello que resulte más específico para la contratación, sin perjuicio de los derechos reconocidos al viajero por la normativa imperativa aplicable.

La contratación de un viaje combinado queda sometida, en particular, al régimen establecido en los artículos 150 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (TRLGDCU), así como a la normativa turística que resulte aplicable.

2. IDENTIFICACIÓN DE LA AGENCIA

La actividad se desarrolla bajo el nombre comercial VUELA MUNDO.

Titular: Lilian Ramona Centurión Uran

NIF/DNI: 61557741N

Domicilio: Calle Núñez de Balboa, 120, 28006, Madrid, España

Sitio web: vuelamundoagencia.com

Correo electrónico: info@vuelamundoagencia.com

Código de Identificación de Agencia de Viajes (CICMA):(PENDIENTE DE ASIGNACIÓN — se incorporará tras la presentación de la declaración responsable ante la Comunidad de Madrid)

El ejercicio de la actividad de agencia de viajes en la Comunidad de Madrid está sujeto al régimen de declaración responsable previsto en la Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid. La titular tiene previsto presentar dicha declaración responsable a finales de agosto o principios de septiembre de 2026.

VUELA MUNDO no iniciará la comercialización efectiva de viajes combinados hasta haber presentado la declaración responsable y disponer del número CICMA correspondiente, que se incorporará a esta cláusula y a la documentación contractual en cuanto sea asignado.

Esta identificación se completa con la información sobre la garantía frente a la insolvencia (cláusula 23) y el seguro de responsabilidad civil (cláusula 24) de VUELA MUNDO, y con la referencia al régimen legal aplicable a la contratación electrónica, contenido en el Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre, y en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI-CE).

3. CONCEPTOS BÁSICOS

A efectos de estas Condiciones:

Viajero: toda persona que pretenda celebrar un contrato de viaje combinado o tenga derecho a viajar en virtud del mismo.

Organizador: empresario que combina y vende u ofrece viajes combinados directamente, a través de otro empresario o conjuntamente con otro empresario.

Minorista: empresario distinto del organizador que vende u ofrece viajes combinados combinados por un organizador.

Servicios de viaje: los servicios definidos legalmente como tales, entre ellos el transporte de pasajeros, alojamiento, alquiler de vehículos y determinados servicios turísticos.

Viaje combinado: la combinación de al menos dos tipos diferentes de servicios de viaje para un mismo viaje o vacación cuando concurran las circunstancias previstas legalmente para su consideración como viaje combinado.

La calificación de una contratación como viaje combinado se determinará conforme a la normativa vigente, con independencia de la denominación comercial utilizada.

4. INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL

Antes de que el viajero quede obligado por un contrato de viaje combinado u oferta correspondiente, VUELA MUNDO facilitará la información precontractual legalmente exigible y, cuando corresponda, el formulario de información normalizada previsto en el Anexo II del TRLGDCU.

La información será facilitada de manera clara, comprensible, destacada y, cuando corresponda, en soporte duradero.

Entre la información que podrá facilitarse, según las características del viaje, se incluirá:

•         El destino o destinos, itinerario y períodos de estancia.

•         Los medios, características y categorías del transporte.

•         La ubicación, características y categoría turística del alojamiento.

•         Las comidas incluidas.

•         Las visitas, excursiones, actividades u otros servicios incluidos.

•         El número mínimo de personas necesario para realizar el viaje, cuando resulte aplicable.

•         Los requisitos de pasaporte, visado y, en su caso, el tiempo aproximado para la obtención de los visados.

•         Los requisitos sanitarios aplicables al viaje y la estancia.

•         El precio total del viaje, incluidos los impuestos y, cuando proceda, todas las tasas, recargos y otros costes adicionales.

•         Las modalidades de pago y, cuando corresponda, el calendario de pagos.

•         Las condiciones de cancelación y resolución del contrato.

•         La información relativa a seguros facultativos o adicionales.

•         Las necesidades especiales del viajero que hayan sido aceptadas.

•         La información sobre la garantía frente a la insolvencia.

•         La identidad y datos de contacto del organizador y, cuando proceda, del representante local, punto de contacto o servicio de asistencia.

•         La información sobre la responsabilidad del organizador y del minorista.

•         Los procedimientos de reclamación.

La información precontractual legalmente vinculante formará parte integrante del contrato en los términos establecidos por la legislación aplicable.

5. FORMULARIO NORMALIZADO DE INFORMACIÓN

Antes de la contratación de un viaje combinado, el viajero recibirá, cuando corresponda, el formulario normalizado de información relativa al viaje combinado previsto en el Anexo II del TRLGDCU.

Este formulario informará, entre otras cuestiones, de que se trata de un viaje combinado y de los principales derechos que corresponden al viajero.

Cuando la contratación se produzca mediante sistemas que permitan la utilización de hiperenlaces, la información podrá facilitarse mediante el correspondiente formulario normalizado y enlaces a la información legal complementaria.

El formulario normalizado no sustituye a la información específica del viaje ni al contrato o confirmación de la contratación.

6. CONTRATACIÓN A TRAVÉS DEL SITIO WEB

La contratación online se desarrollará mediante los pasos que, en cada momento, se indiquen en el sitio web.

Antes de finalizar el proceso de compra, el viajero podrá revisar la información esencial de la contratación, incluyendo los servicios seleccionados, viajeros, fechas, precio y condiciones aplicables.

Cuando la contratación implique una obligación de pago, el usuario deberá ser informado de forma clara y destacada, justo antes de realizar el pedido, de la información esencial exigida por la normativa aplicable.

La aceptación de estas Condiciones Generales, cuando sea requerida, deberá realizarse mediante un mecanismo que permita dejar constancia de la voluntad del viajero.

La contratación quedará formalizada cuando VUELA MUNDO o, cuando corresponda, el organizador confirme la disponibilidad y aceptación de la reserva y se hayan cumplido las condiciones de pago establecidas.

La mera realización de una solicitud o consulta no implica necesariamente la existencia de un contrato de viaje.

7. CONFIRMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL

Una vez formalizado el contrato, VUELA MUNDO facilitará al viajero una copia del contrato o una confirmación de la contratación en soporte duradero.

La documentación podrá incluir, según corresponda:

•         confirmación de la reserva;

•         contrato de viaje combinado;

•         formulario de información normalizada;

•         bonos y títulos de los servicios contratados;

•         billetes o documentos de transporte;

•         información sobre horarios de salida, escalas y conexiones;

•         información sobre alojamiento;

•         información sobre asistencia durante el viaje;

•         datos del organizador y puntos de contacto;

•         información relativa a la garantía frente a la insolvencia;

•         información sobre seguros contratados;

•         requisitos de documentación, entrada y visado;

•         cualquier otra documentación necesaria para la correcta ejecución del viaje.

El viajero deberá revisar la documentación recibida y comunicar cualquier error material o discrepancia tan pronto como tenga conocimiento de ella.

8. PRECIO DEL VIAJE

El precio del viaje será el indicado antes de la contratación y en la documentación contractual.

Salvo indicación expresa en contrario, el precio incluirá los impuestos y conceptos que legalmente deban estar incluidos en el precio total.

Los posibles suplementos, tasas, recargos o costes adicionales que no estén incluidos en el precio deberán ser comunicados antes de la contratación cuando legalmente resulte exigible.

El precio podrá estar sujeto a las condiciones específicas del organizador y de los proveedores incluidos en el viaje.

8.1. Modificación del precio después de la contratación

Una vez celebrado el contrato, el precio únicamente podrá incrementarse cuando esta posibilidad haya sido expresamente prevista en el contrato y concurran las circunstancias legalmente admitidas.

La modificación únicamente podrá derivarse de cambios en:

•         el precio del transporte de pasajeros derivado del coste del combustible u otras fuentes de energía;

•         determinados impuestos o tasas aplicables a los servicios de viaje;

•         los tipos de cambio de divisa aplicables al viaje.

El contrato deberá establecer el método de cálculo correspondiente.

Cualquier incremento deberá ser comunicado al viajero de forma clara y comprensible, con la correspondiente justificación y cálculo, dentro del plazo legalmente establecido.

El viajero tendrá derecho a una reducción del precio cuando disminuyan los costes que hayan podido justificar un incremento, en los términos establecidos legalmente.

Si el incremento del precio excede del 8 % del precio total del viaje combinado, el viajero podrá resolver el contrato sin penalización dentro del plazo comunicado a tal efecto, o aceptar una modificación o viaje combinado sustitutivo cuando corresponda.

9. FORMAS Y PLAZOS DE PAGO

Las formas de pago disponibles serán las indicadas durante el proceso de contratación o en la documentación específica del viaje.

Dependiendo del viaje, podrá exigirse:

•         un pago inicial o depósito;

•         uno o varios pagos parciales;

•         el pago del importe restante antes de una fecha determinada;

•         el pago íntegro en el momento de la contratación.

Los plazos y porcentajes concretos serán los comunicados al viajero antes de la contratación y quedarán reflejados en la documentación contractual.

El incumplimiento de los plazos de pago podrá tener las consecuencias previstas en el contrato específico y en las condiciones del organizador, siempre dentro de los límites establecidos por la normativa aplicable.

VUELA MUNDO no aplicará cargos adicionales que no hayan sido debidamente informados antes de la contratación.

10. SOLICITUDES Y NECESIDADES ESPECIALES

El viajero deberá comunicar antes de la contratación cualquier necesidad especial que pueda afectar a la prestación de los servicios, incluyendo, cuando proceda, necesidades relacionadas con movilidad, accesibilidad, alojamiento, alimentación u otras circunstancias relevantes.

La solicitud de una necesidad especial no implica que esta haya sido aceptada.

Únicamente se considerarán incorporadas al contrato aquellas necesidades especiales que hayan sido expresamente aceptadas por el organizador.

Cuando una solicitud no pueda ser garantizada, el viajero será informado antes de quedar obligado por el contrato.

11. DOCUMENTACIÓN DEL VIAJERO, PASAPORTE, VISADOS Y REQUISITOS SANITARIOS

Corresponde al viajero disponer de la documentación personal necesaria para realizar el viaje.

Antes de la contratación se facilitará la información disponible sobre los requisitos generales de pasaporte, visado y requisitos sanitarios correspondientes al destino, cuando resulte legalmente exigible.

El viajero deberá comprobar que sus documentos de identidad o viaje se encuentran vigentes y cumplen los requisitos del país o países de destino, tránsito y regreso.

Cuando sea necesario visado, será responsabilidad del viajero obtenerlo dentro del plazo correspondiente, salvo que VUELA MUNDO u otro prestador haya asumido expresamente la gestión.

La falta de documentación válida, visado, permiso de entrada o cumplimiento de requisitos personales del viajero no convierte por sí misma la contratación en incumplida por parte de VUELA MUNDO.

No obstante, VUELA MUNDO proporcionará la información precontractual que legalmente le corresponda facilitar.

12. SEGUROS DE VIAJE

El viajero será informado, cuando corresponda, de la posibilidad de contratar seguros que cubran, entre otros riesgos, gastos derivados de la cancelación, asistencia, enfermedad, accidente, repatriación o pérdida de equipaje.

La contratación de un seguro adicional será independiente del régimen de garantía frente a la insolvencia legalmente exigido a la agencia y al organizador.

La garantía frente a la insolvencia no equivale a un seguro de viaje y no sustituye las coberturas que pueda proporcionar una póliza voluntaria.

Cuando el viajero contrate un seguro, recibirá la información y documentación correspondiente a sus coberturas, exclusiones, límites y procedimiento de asistencia.

13. CESIÓN DEL CONTRATO A OTRO VIAJERO

El viajero podrá ceder el contrato de viaje combinado a una persona que reúna todas las condiciones aplicables al contrato.

La cesión deberá comunicarse a VUELA MUNDO o al organizador en soporte duradero con una antelación razonable y, como mínimo, en los plazos legalmente establecidos, salvo que el contrato específico establezca un plazo superior cuando resulte procedente.

El cedente y el cesionario responderán solidariamente frente a VUELA MUNDO o al organizador del pago del precio pendiente y de las comisiones, recargos u otros costes adicionales derivados de la cesión.

Los costes de la cesión deberán ser razonables y no podrán superar los costes efectivamente soportados por el organizador y, en su caso, por VUELA MUNDO.

Cuando el viajero lo solicite, se facilitará la justificación de dichos costes.

14. MODIFICACIÓN DEL VIAJE ANTES DE SU INICIO

El organizador no podrá modificar unilateralmente las condiciones esenciales del contrato salvo en los supuestos permitidos legalmente.

Cuando se haya reservado expresamente la posibilidad de efectuar cambios y estos sean insignificantes, podrán realizarse siempre que el viajero sea informado de forma clara, comprensible y destacada.

Cuando el organizador deba realizar una modificación sustancial de alguna de las características principales del viaje, no pueda satisfacer una necesidad especial previamente aceptada o proponga un incremento de precio superior al 8 %, el viajero podrá:

•         aceptar la modificación propuesta;

•         aceptar, cuando se ofrezca, un viaje combinado sustitutivo; o

•         resolver el contrato sin penalización.

Cuando el viaje sustitutivo sea de calidad o coste inferior, el viajero tendrá derecho a la reducción correspondiente del precio.

En caso de resolución, los pagos realizados serán reembolsados sin demora indebida y, en todo caso, dentro del plazo máximo legal aplicable.

15. CANCELACIÓN O RESOLUCIÓN POR EL VIAJERO

El viajero podrá resolver el contrato de viaje combinado en cualquier momento anterior al inicio del viaje.

En este caso, podrá exigirse una penalización adecuada y justificable, cuando corresponda.

La penalización concreta podrá estar establecida en las condiciones particulares del viaje y deberá guardar relación razonable con la antelación de la cancelación, el ahorro de costes y los ingresos previsibles derivados de la utilización alternativa de los servicios.

Cuando no exista una penalización tipo aplicable, la penalización se calculará conforme a los criterios establecidos legalmente.

El viajero podrá solicitar la justificación del importe de la penalización.

Los reembolsos que procedan se realizarán sin demora indebida y, en todo caso, dentro del plazo máximo legal.

16. RESOLUCIÓN POR CIRCUNSTANCIAS INEVITABLES Y EXTRAORDINARIAS

Cuando concurran circunstancias inevitables y extraordinarias en el lugar de destino o en sus inmediaciones que afecten de forma significativa a la ejecución del viaje combinado o al transporte de pasajeros al destino, el viajero podrá resolver el contrato antes de su inicio sin pagar ninguna penalización.

En este supuesto tendrá derecho al reembolso completo de los pagos realizados.

No tendrá derecho, por este motivo, a una compensación adicional.

La valoración de la existencia de circunstancias inevitables y extraordinarias se realizará conforme a la normativa aplicable y atendiendo a las circunstancias concretas existentes en el momento de la resolución.

17. CANCELACIÓN DEL VIAJE POR EL ORGANIZADOR

El organizador podrá cancelar el viaje combinado cuando concurra alguno de los supuestos legalmente previstos.

Entre otros casos, podrá proceder la cancelación cuando no se alcance el número mínimo de viajeros indicado en el contrato y la cancelación se comunique dentro de los plazos legalmente establecidos.

También podrá proceder la cancelación cuando la ejecución del contrato resulte imposible por circunstancias inevitables y extraordinarias y el viajero sea informado sin demora indebida antes del inicio del viaje.

Cuando proceda la cancelación, el viajero tendrá derecho al reembolso de los pagos realizados en los términos establecidos legalmente.

18. EJECUCIÓN DEL VIAJE Y FALTA DE CONFORMIDAD

Si durante la ejecución del viaje alguno de los servicios no se presta de conformidad con lo contratado, el viajero deberá comunicarlo sin demora indebida al organizador o a VUELA MUNDO.

VUELA MUNDO facilitará la tramitación de la reclamación y, cuando corresponda, trasladará la comunicación al organizador responsable de la ejecución del servicio.

El organizador y, cuando corresponda, el minorista deberán adoptar las medidas legalmente exigibles para subsanar la falta de conformidad, salvo que la subsanación sea imposible o implique un coste desproporcionado atendiendo a la gravedad de la falta y al valor de los servicios afectados.

Cuando una proporción significativa de los servicios no pueda prestarse conforme al contrato, deberán ofrecerse, cuando sea posible, fórmulas alternativas adecuadas para la continuación del viaje.

Cuando corresponda, dichas alternativas deberán ser de calidad equivalente o superior sin coste adicional.

Si fueran de calidad inferior, el viajero tendrá derecho a una reducción adecuada del precio.

Cuando legalmente proceda la resolución del contrato durante el viaje, el viajero podrá tener derecho a una reducción del precio y, en su caso, a una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.

19. RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR Y DEL MINORISTA

La responsabilidad en materia de viajes combinados se determinará conforme al régimen establecido en el TRLGDCU.

El organizador y el minorista responderán frente al viajero en los términos legalmente establecidos por el correcto cumplimiento de los servicios incluidos en el contrato y por las obligaciones que correspondan a cada uno según su ámbito de actuación.

El hecho de que los servicios sean prestados materialmente por compañías aéreas, hoteles, transportistas, guías, empresas de excursiones u otros proveedores no elimina los derechos reconocidos al viajero frente al organizador y/o minorista conforme al régimen legal aplicable.

El viajero podrá dirigir sus reclamaciones a VUELA MUNDO cuando el viaje haya sido adquirido a través de esta agencia.

VUELA MUNDO tramitará la reclamación directamente o la remitirá al responsable correspondiente cuando proceda, informando al viajero sobre su evolución.

20. ASISTENCIA AL VIAJERO

El organizador y, cuando corresponda, el minorista prestarán asistencia adecuada y sin demora indebida al viajero que se encuentre en dificultades durante el viaje.

La asistencia podrá consistir, entre otras actuaciones, en:

•         proporcionar información sobre servicios sanitarios;

•         facilitar información sobre autoridades locales;

•         facilitar información sobre asistencia consular;

•         ayudar a establecer comunicaciones a distancia;

•         ayudar a encontrar fórmulas de viaje alternativas.

Cuando la dificultad haya sido causada intencionadamente o por negligencia del viajero, podrá aplicarse un recargo razonable por la asistencia prestada, que no podrá superar los costes reales soportados.

21. ERRORES EN LA RESERVA

VUELA MUNDO responderá de los errores que sean atribuibles a defectos técnicos del sistema de reservas bajo su responsabilidad, así como de los errores cometidos durante el proceso de reserva cuando le sean imputables.

No responderá de errores atribuibles al propio viajero ni de aquellos causados por circunstancias inevitables y extraordinarias cuando así resulte legalmente procedente.

22. PAGOS A TERCEROS Y PRESTADORES DE SERVICIOS

Cuando VUELA MUNDO actúe como minorista de un viaje combinado organizado por un tercero, determinados servicios serán ejecutados directamente por los proveedores correspondientes.

La identidad del organizador y, cuando corresponda, de los principales prestadores de servicios se comunicará al viajero en la información precontractual y documentación del viaje cuando legalmente resulte exigible.

Las condiciones particulares aplicables a determinados servicios podrán incluir requisitos específicos del proveedor, siempre que sean compatibles con los derechos reconocidos al viajero por la legislación aplicable.

23. GARANTÍA FRENTE A LA INSOLVENCIA

VUELA MUNDO dispone de garantía frente a la insolvencia mediante seguro de caución contratado y vigente, en los términos exigidos por el artículo 164 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.

La garantía tiene por objeto proteger los pagos realizados por los viajeros y, cuando proceda, cubrir la repatriación y los costes de alojamiento previo a la repatriación en caso de insolvencia, en los términos establecidos legalmente.

Entidad garante: AXA Seguros Generales, S.A. de Seguros y Reaseguros

Tipo de garantía: Seguro de caución

Número de póliza o referencia: 86658858

Dirección: C/ Monseñor Palmer, 1 – 07014 Palma de Mallorca 

Teléfono: 614 435 944 

Correo electrónico:info@vuelamundoagencia.com 

La garantía frente a la insolvencia es independiente de cualquier seguro de responsabilidad civil que resulte exigible a la agencia.

24. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

VUELA MUNDO cuenta con seguro de responsabilidad civil vigente y definitivo, adecuado a su actividad de agencia de viajes y a la comercialización de viajes combinados, conforme a la normativa turística aplicable.

Los datos identificativos de la entidad aseguradora y del número de póliza podrán facilitarse al viajero que lo solicite y a la autoridad competente cuando resulte legalmente exigible, y se incorporarán a esta cláusula si la titular decide publicarlos.

Datos del seguro: 

Entidad aseguradora: AXA Seguros Generales, S.A. de Seguros y Reaseguros.

Número de póliza: 86658863.

Producto contratado: 8755 – RC Global.

Fecha de inicio: 08/07/2026.

Fecha de vencimiento: 08/07/2027.

Duración: Anual renovable.

Coberturas:

* Responsabilidad Civil de Explotación: límite de indemnización de 600.000 €.

* Responsabilidad Civil Subsidiaria o Indirecta: límite de indemnización de 600.000 €.

* Responsabilidad Civil Profesional (Daños Patrimoniales Primarios): límite de indemnización de 600.000 €.

* Responsabilidad Civil derivada del artículo 162 de la normativa de viajes combinados: cobertura contratada

25. DOCUMENTACIÓN ENTREGADA ANTES DEL VIAJE

Con suficiente antelación al inicio del viaje, VUELA MUNDO y/o el organizador facilitarán al viajero los documentos necesarios para la ejecución del viaje.

Entre ellos podrán encontrarse:

•         billetes;

•         bonos;

•         confirmaciones de alojamiento;

•         información de vuelos y transportes;

•         horarios de salida;

•         horarios límite de facturación;

•         información sobre escalas y conexiones;

•         datos de contacto para asistencia;

•         información de seguros;

•         documentación necesaria para el destino.

El viajero deberá comprobar la documentación y comunicar cualquier incidencia antes de la salida.

26. RECLAMACIONES

El viajero podrá presentar reclamaciones relacionadas con la contratación o ejecución del viaje a través de VUELA MUNDO.

Las reclamaciones podrán remitirse a:

VUELA MUNDO : Calle Núñez de Balboa, 120, 28006 Madrid, España – Correo electrónico: info@vuelamundoagencia.com

Durante la ejecución del viaje, las incidencias deberán comunicarse lo antes posible al punto de contacto indicado en la documentación del viaje, con el fin de permitir su solución durante la propia prestación.

VUELA MUNDO facilitará la tramitación de las reclamaciones que reciba y, cuando el asunto corresponda al ámbito de actuación del organizador, la trasladará al mismo sin demora indebida.

La agencia dispondrá de hojas oficiales de reclamaciones a disposición de los consumidores cuando resulte legalmente exigible.

27. RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE LITIGIOS

El viajero podrá utilizar los mecanismos de reclamación y resolución alternativa de litigios que resulten legalmente disponibles.

La información concreta sobre organismos competentes, sistemas de resolución alternativa y procedimientos aplicables se facilitará conforme a la normativa vigente y a la situación jurídica existente en cada momento.

Cuando corresponda, también podrá recurrirse a los mecanismos de resolución de litigios previstos en la normativa europea aplicable.

28. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Los datos personales facilitados durante el proceso de consulta, reserva o contratación serán tratados por VUELA MUNDO de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) y demás normativa aplicable.

La información completa sobre responsables, finalidades, bases jurídicas, destinatarios, transferencias internacionales, conservación y derechos de los interesados se encuentra recogida en la Política de Privacidad del sitio web.

Cuando sea necesario para la correcta prestación del viaje, determinados datos podrán ser comunicados al organizador y a los proveedores de los servicios contratados, en la medida necesaria para gestionar la reserva y ejecutar el contrato.

29. COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS Y SOPORTE DURADERO

Cuando la contratación se realice online, las comunicaciones contractuales y la documentación correspondiente podrán enviarse al correo electrónico facilitado por el viajero o ponerse a su disposición mediante otro sistema que permita su conservación y reproducción sin alteración durante un período adecuado a los fines de la información.

El viajero deberá facilitar una dirección de correo electrónico válida y mantenerla operativa durante el proceso de contratación y hasta la finalización del viaje cuando resulte necesario.

30. MENORES DE EDAD

Los menores podrán participar en los viajes cuando las características del viaje y la legislación aplicable lo permitan.

La contratación realizada en nombre de un menor deberá ser efectuada por quien tenga capacidad legal para ello.

Cuando el viaje implique menores que viajen al extranjero, se facilitará la información y documentación que resulte exigible para su desplazamiento, alojamiento y contacto con responsables durante el viaje.

El viajero deberá asegurarse de que los menores que formen parte de la reserva cumplen los requisitos de documentación, autorización y entrada exigidos por los países correspondientes.

31. PROPIEDAD INTELECTUAL Y MATERIAL INFORMATIVO

Las fotografías, imágenes y demás recursos visuales utilizados en el sitio web proceden de bancos de imágenes o fuentes respecto de las cuales VUELA MUNDO dispone de los derechos de utilización correspondientes.

Las imágenes utilizadas para ilustrar destinos, alojamientos, actividades o experiencias tienen carácter informativo y pueden no representar exactamente las condiciones concretas del servicio contratado.

Las características definitivas del viaje serán las que figuren en la información precontractual, condiciones particulares y documentación contractual entregada al viajero.

32. MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES GENERALES

VUELA MUNDO podrá modificar estas Condiciones Generales para adaptarlas a cambios normativos, administrativos, tecnológicos o en los servicios ofrecidos.

Las modificaciones no afectarán a los contratos ya celebrados salvo cuando resulte legalmente procedente o exista acuerdo con el viajero.

La versión aplicable a cada contratación será la vigente en el momento de la celebración del contrato, sin perjuicio de las modificaciones que legalmente puedan producirse posteriormente respecto de la ejecución del viaje.

33. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN

Las presentes Condiciones Generales se regirán por la legislación española.

Cuando el viajero tenga la condición legal de consumidor, serán competentes los juzgados y tribunales que correspondan conforme a las normas imperativas de competencia territorial aplicables, sin que estas Condiciones puedan limitar los derechos que dichas normas le reconocen.

Cuando el viajero actúe como empresario o profesional, la competencia territorial se determinará conforme a la normativa procesal aplicable y, cuando legalmente sea posible, podrán someterse las partes a los juzgados y tribunales que se indiquen en las condiciones particulares.

En ningún caso esta cláusula limitará los derechos reconocidos al consumidor por la legislación imperativa.

34. INFORMACIÓN ESPECÍFICA DE CADA VIAJE

Estas Condiciones Generales tienen carácter general y deberán complementarse, antes de cada contratación, con la información específica correspondiente al viaje concreto.

En particular, para cada viaje combinado deberá quedar documentado, cuando resulte aplicable:

•         el organizador;

•         los servicios incluidos;

•         destino e itinerario;

•         fechas y duración;

•         alojamiento;

•         transporte;

•         precio total;

•         calendario de pagos;

•         condiciones de modificación y cancelación;

•         penalizaciones aplicables;

•         requisitos de documentación;

•         requisitos sanitarios;

•         necesidades especiales aceptadas;

•         seguro, cuando exista;

•         garantía frente a insolvencia;

•         datos de contacto y asistencia;

•         formulario normalizado de información;

•         cualquier otra información exigida legalmente.

La información particular facilitada antes de la contratación formará parte de la documentación contractual en los términos establecidos legalmente.

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